Institucional

REFORMA DE LA LEY 27.739 DE LAVADO DE ACTIVOS

El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal reitera su enfático rechazo a que los/as abogados/as sean sujetos obligados a informar ante la UIF las operaciones sospechosas que conozcan por su desempeño profesional en determinadas operaciones.

La relación entre un abogado/a y su cliente se encuentra al amparo de un deber de confidencialidad imprescindible para asegurar una tutela judicial efectiva y garantizar acabadamente la garantía constitucional de defensa en juicio. Así, la violación de este secreto se encuentra tutelado bajo amenaza punitiva (art. 156 del Código Penal).

Todas las actividades que desarrolla un abogado/a, tanto litigiosas como de asesoramiento o representación, se encuentran protegidas por el secreto profesional, pues se trata de información suministrada por sus clientes en el marco de la relación de confianza y reserva que requiere el ejercicio profesional.

Obligar a investigar a sus propios clientes, establecer el origen de los fondos, las finalidades que se persiguen y eventualmente denunciarlos importa una violación grosera al deber de confidencialidad que afecta directamente a la defensa en juicio e, incluso, puede hacer incurrir a los letrados en responsabilidades penales. A su vez,la mayoría de los abogados/as carecen de los medios e infraestructura necesaria para efectuar las indagaciones que, por su naturaleza, pertenecen prioritariamente a las autoridades estatales.

En consecuencia, la reciente sanción de la ley modificatoria de las normas de lavado de activos importa, respecto de los abogados/as, una violación innecesaria de disposiciones constitucionales; pues en todos los casos las actividades subyacentes que se incluyen en el deber de informar se encuentran suficientemente protegidas por otros controles, según las normas interpretativas de la propia GAFI en cuanto a que no es necesario, en estos casos, obligar a informar a los abogados/as.

En defensa de la profesión, el Colegio Público de la Abogacía, entablará las acciones legales correspondientes para que se declare la inconstitucionalidad de esa parte de la ley. 

  • 15-03-2024