AUMENTO
DE LAS JUBILACIONES Y PENSIONES
El Gobierno Nacional
publicó la normativa por la que se incrementan, en un
7,50% a partir del 1 de marzo de 2008 y en un 7,50% a partir
del 1 de julio de 2008, los haberes de las prestaciones a cargo
del Régimen Previsional Público del Sistema Integrado
de Jubilaciones y Pensiones, otorgadas o a otorgar por la Ley
Nº 24.241 y sus modificatorias. Los incrementos, que elevarán
a $690 el haber mínimo, se aplicarán al 29 de
febrero y 30 de junio de 2008, respectivamente, e incluirán
en los casos que corresponda, el suplemento por movilidad creado
por el Decreto Nº 1199/04, incrementado por el Decreto
Nº 764/06, por el artículo 45 de la Ley Nº 26.198
y por el Decreto 1346/07.
DECRETO 279/2008 B.O. 21/02/2008
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